LIBROS PUBLICADOS POR Eduardo García Carmona

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sábado, 5 de noviembre de 2022

Tu recuerdo es el mío, LOLO...



Lolo, tú homenaje es el mío

Siempre estarás presente para todos los leoneses, “el señor de negro”

Dibujante singular con el leonesismo como bandera

 

Texto: Eduardo García Carmona

 


No quería poner ni siquiera una línea para “llorar” tú marcha a los 63 años porque, coño, no quería y me sentía mal al sentarme al ordenador.

Acabo de ver aquel dibujo que me realizaste con la caña de pescar y la cesta de mimbre y que se publicó en LA CRÓNICA DE LEÓN junto a un horóscopo de Mara y no he podido resistirme, amigo.

Tú homenaje, entonces, es mi homenaje hoy mi admirado JOSÉ MANUEL REDONDO GARCÍA “Lolo”, compañero en los medios de comunicación, en la política y en la vida cotidiana con familiares amigos por ambos lados.

Adiós al “señor de negro” y descansa en paz aunque, conociéndote, seguro que ya estás con tus dibujos preparando las noticias “del cielo o el infierno” pero, siempre con tu carisma único. DEP.

miércoles, 2 de noviembre de 2022

AGOREROS DE LA LEY DE PESCA E CASTILLAY LEÓN...

 



¿Dónde están los agoreros que presagiaban el fin de la pesca en Castilla y León con la llegada de la Ley de Pesca en 2013?

¿Qué pasa con el desarrollo de la Ley de Pesca de Castilla y León?

En la ley se declara la trucha como ESPECIE PREFERENTE en Castilla y León

Para que sea PREFERENTE habrá que tener los ríos limpios que es donde viven los peces, ¿no?


¿Y la educación ambiental como asignatura obligatoria en los colegios?

ASTURIAS, CANTABRIA, GALICIA Y PAÍS VASCO están por la labor, pero no terminan  de legislar valientemente

 

Texto y fotos: Eduardo García Carmona

 


EL DESARROLLO DE LA LEY SERÁ LO MÁS IMPORTANTE
, decían los políticos de turno y técnicos cuando la novedosa Ley de Pesca de Castilla y León tomó forma en 2013 y fue promulgada ante el pesimismo de muchos pescadores tradicionales que decían que lo único que pretendía la Administración era sacarles del río y entregarlo a “los señoritos” a los pudientes o millonarios para que tuviesen los ríos para ellos sólo y poder pescar cuando quisieran.


¿Dónde están los agoreros que presagiaban el fin de la pesca en Castilla y León con la llegada de la Ley de Pesca en 2013?

Se dijeron tantas cosas que no merece la pena volver la vista atrás porque, afortunadamente y a pesar de los pesares, no se ha echado a nadie del río, no se ha terminado con la pesca tradicional y los ríos de CASTILLA Y LEÓN son un ejemplo a nivel nacional por su RECUPERACIÓN que, dicho sea de paso, podría ser mejor.


He escrito y continuaré escribiéndolo, que PESCADORES DEPORTIVOS, los de la pesca sin muerte o captura y suelta, desgraciadamente, son pocos todavía. Quizás no superen el CINCO O EL DIEZ POR CIENTO del total de licencias en toda España.

Algunos dirán que no fue democrático legislar para una minoría, ¿verdad?

Se legisló POR EL FUTURO de la NATURALEZA donde vivimos, o mal vivimos maltratándola.


Por ello, hay pesca CON MUERTE Y SIN MUERTE en la Ley de Pesca de Castilla y León y pese a ello, continúa siendo un ejemplo para otras CCAA que no se  atreven a legislar de la misma forma por miedo  movilizaciones de colectivos tradicionales.

Siempre se ha dicho que “el que quiera peces, que se moje el culo”. Está bien, pues el que quiera LLEVARSE TRUCHAS PARA CASA, que las lleve pero dentro de la norma.

Me explico.


Ahora que están tan de moda los lagos de pesca, existen dos modalidades a la hora de disfrutarlos. Una, ir a pescar con muerte, y la otra, SIN MUERTE. Para ello, existen dos modalidades de pago. ¿Quién paga menos? El pescador que va a disfrutar y devuelve las arco iris al agua, después de la pelea. Aquél otro pescador que quiera llevarse alguna trucha para casa, puede hacerlo pero, PASANDO POR CAJA y “posando” el coste del peso de las truchas que quiere llevar.

En el río, pasará más o menos lo mismo y el que quiera peces “QUE SE MOJE EL BOLSILLO”.

 “La pesca será para los ricos, LOS QUE TIENEN DINERO”, decían los pescadores tradicionales.


Nunca más lejos de la realidad, será para quien quiera disfrutarla, todo dependerá del “cristal desde el que se mire”.

Resta un largo y arduo camino para conseguir objetivos. Resta un largo y arduo camino hasta lograr “apaciguar” a todos los pescadores pero, especialmente, en conseguir objetivos. Objetivos encaminados a que la especie SALMO TRUTTA FARIO que poblaba nuestros ríos en abundancia, vuelva por sus fueros, aún más de lo conseguido en estos 10 años en Castilla y León.


Será un camino de “espinas y palos en las ruedas” pero, si todos queremos, lo conseguiremos. No se trata de lo que quiera la Administración Regional, se trata de conseguir lo mejor para nuestros ríos y peces, o lo que es lo mismo,  para NOSOTROS LOS PESCADORES, porque ¿qué haríamos si se acabase la pesca?

Sencillamente, DEJAR DE PESCAR.


Entonces, ¿qué queremos?

Yo, desde luego, salir al río a pescar, a disfrutar de los peces y si para ello tengo que DEVOLVERLOS después de disfrutarlos, ASÍ LO HARÉ y LO HAGO sin egoísmos ni miradas atrás cuando llenaba la cesta y aburría a mi esposa e hijos con tantas truchas que, hasta LAS HAN LLEGADO A ABORRECER.


¿Me confundo?

Claro que no, e incluso alguna vecina cuando llegaba con la cesta y algunas truchas para regalar, NI LAS QUERÍAN.

¿Entonces de que vamos por la vida?




LA EDUCACIÓN ES EL FUTURO

Me vanaglorio de ser uno de los promotores en León, por lo menos, de salir a los colegios a intentar CONCIENCIAR a los niños y jóvenes del grave problema de nuestros ríos y peces.

Lo hacía en los años ochenta con la Sociedad de Pescadores Leoneses Esla, que creamos un grupo de “locos por la pesca” que defendíamos al río, los peces y los pescadores, siendo muy críticos con la Administración.


Recuerdo aquellas charlas en los colegios hace más de 20 años, donde con nuestra dialéctica, con fotografías y algún video casero, sin medios audiovisuales como ahora, intentábamos llevar hasta los colegios el significado de la pesca deportiva, la pesca SIN MUERTE, y donde explicábamos los problemas de LA CONTAMINACIÓN, así como el ciclo de la vida de los peces, su nacimiento y muerte, su reproducción.


Intentábamos llevar la conciencia ecológica a los más pequeños, porque ellos eran el futuro y continúan siéndolo.

He continuado la labor y siempre que me llaman, llevo "MI CREDO" a los colegios para que los niños comiencen a amar la naturaleza, en lugar de maltratarla y aprecien la VIDA del río y sus peces.


Qué satisfecho he salido de todas mis charlas porque ver a los niños ilusionados, pendientes de todo y realizando preguntas, muchas veces inverosímiles, me llenaban el corazón de esperanza.

Pues amigos pescadores, aunque esta LEY DE PESCA para mí es buena por el fundamento y lo que puede significar en un futuro aún, creo que le falta LA EDUCACIÓN de las bases, porque ellas son el futuro y NO ESTA BIEN PROHIBIR POR PROHIBIR, y por ello hay que EDUCAR y después, cada uno que obre en conciencia pero, también, soy consciente de que la raza humana es única.


Me explico.

Todos no pensamos lo mismo, ni obramos de la misma forma ante cualquier circunstancia, por eso debe existir una LEY REGULADA POR UNAS NORMAS que controle nuestra acciones. Después, dentro de la regulación, que cada uno haga que lo que más le convenga o quiera, porque LA PESCA SIN MUERTE O EL CAPTURA Y


SUELTA no es cuestión de prohibiciones, si no de CONCIENCIA y si para cambiar esa conciencia ciudadana la Junta de Castilla y León tiene que aplicar LA EDUCACIÓN AMBIENTAL, como asignatura obligatoria, pues que la implante que nuestra naturaleza, o sea nosotros que formamos parte de la misma, nos lo agradeceremos.


Y ahora, háganme un favor, léanse las 33 páginas de LA LEY DE PESCA DE CASTILLA Y LEÓN, si no la han leído aún y, después, opinen si el contenido es malo.

Me la he leído con detenimiento estos días y sólo queda esperar a la REGULACIÓN de esa ley pero, la ley es buena y gracias a ella el río está cada año mejor de peces. Sólo falta EL DESARROLLO DE LA LEY  que personalmente creo que es LO MÁS IMPORTANTE y aunque algo se va haciendo se realiza con “cuenta gotas” y RECALCO Y RECALCARÉ siempre: EL AGUA ES LO MÁS IMPORTANTE.


Ahora solo hace falta que ASTURIAS, CANTABRIA, GALICIA Y PAÍS VASCO, principalmente, que están por la labor, terminen legislando valientemente como lo hizo Castilla-La Mancha, también. Ánimo.

lunes, 31 de octubre de 2022

El BOPA PUBLICA LAS NORMAS DE PESCA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 2023…

Río Sella



La Consejería de Medio Rural
y Cohesión Territorial aprueban las normas para el ejercicio de la pesca en aguas continentales del Principado de Asturias durante la campaña 2023

Periodos hábiles SALMÓN con muerte: Desde el 2º domingo de abril al 15 de julio

Salmón sin muerte: Desde el 3.er domingo de marzo a la apertura de salmón con muerte y desde el 16 al 31 de julio (estos períodos no son aplicables al Eo, ni al Deva en sus zonas limítrofes (en ellos la pesca de salmón se inicia con muerte el 9 de abril y finaliza el 15 de julio)


LOS SALMONES DE MÁS DE 85 CMS
pescados desde el 16 de junio (pesca a mosca) deberán de ser liberados vivos al río con el debido cuidado para facilitar su supervivencia

CUPOS DE CAPTURA: Uno por pescador y día. Máximo de dos salmones por pescador y temporada. El cupo de salmones por coto es de 3 y el cupo en coto parcial, los días que la pesca sea libre, será de 2.


TRUCHA COMÚN Y REO
: Seis ejemplares por pescador y día

EL CANGREJO ROJO Y SEÑAL SE PODRÁ PESCAR DEL 1 DE JUNIO AL 30 DE NOVIEMBRE

 

Texto y fotos: Eduardo García Carmona y BOPA



Tras el Consejo de Pesca celebrado el pasado 20 de Octubre, pocas o ninguna variación sufren las NORMAS DE PESCA del Principado de Asturias para la temporada 2023. Más de lo mismo. Los Consejos son escuchados pero, después el Principado actúa según sus técnicos.

PERÍODO HÁBIL DE PESCA (las fechas citadas se consideran incluidas)


DÍAS HÁBILES DE PESCA POR TRAMOS:

Los jueves veda para todas las especies en todas las zonas.

Los lunes veda para todas las especies. Se permite la pesca sin muerte en aquellos cotos y zonas designadas específicamente como de pesca sin muerte en la presente normativa.

Los lunes se permite la pesca con muerte en los embalses de pesca intensiva. Cuando lunes y jueves sean festivos (carácter nacional o regional) serán hábiles para pesca con muerte, salvo tramos específicos de régimen de pesca sin muerte, o que tengan asignado este régimen durante un determinado período, en dicho período.

Los cotos tradicionales parciales de los ríos salmoneros funcionan como coto los sábados y domingos (en período de pesca de salmón con muerte), y como zona libre los martes, miércoles y viernes.

 


PERÍODOS DE PESCA AUTORIZADA:

• Salmón con muerte: Desde el 2º domingo de abril al 15 de julio.

• Salmón sólo sin muerte: Desde el 3.er domingo de marzo a la apertura de salmón con muerte y desde el 16 al 31 de julio (estos períodos no son aplicables al Eo, ni al Deva en sus zonas limítrofes (en ellos la pesca de salmón se inicia con muerte el 9 de abril y finaliza el 15 de julio).

Desde el 16 de junio la modalidad sin muerte es la única permitida en las zonas de la cuenca alta siguientes: aguas arriba de los refugios de pesca de las Mestas en el Narcea, de la escala de Brieves en el Esva, de Ñoña en el Sella y de Reserva de Niserias en el Cares.

• Trucha, reo y otras especies (no salmón): Desde el 3.er domingo de marzo al 15 de agosto.


CURSOS HÁBILES PARA LA PESCA DEL SALMÓN.

Únicamente se autoriza la pesca de salmón en la zona salmonera del curso principal de los ríos Eo, Esva, Narcea, Nalón (sólo aguas abajo del puente Peñaflor (Grado), inclusive), Piloña, Sella, Cares y Deva.


CUPOS DE CAPTURA

• Salmón: Uno por pescador y día. Máximo de dos salmones por pescador y temporada. El cupo de salmones por coto es de 3 y el cupo en coto parcial, los días que la pesca sea libre, será de 2.

 Cupo por río: En el marco de ajustar unos límites de conservación que permitan un número de reproductores suficientes para el desove se establece que el río Nalón-Narcea tendrá un cupo máximo anual de captura de 240 salmones y un subcupo máximo para la zona libre de 80 salmones, de modo que una vez cubierto este cupo de zona libre se dejaría de pescar salmón con o sin muerte en zona libre, prosiguiéndose la pesca en cotos hasta completarse el cupo anual del río. Caso de cubrirse el cupo anual, los pescadores con cotos adjudicados pueden seguir pescando salmón en dichos cotos pero en modalidad sin muerte (además de trucha u otras especies en modalidad con muerte), sin implicar por tanto derecho a renuncia o devolución del coto.


TRUCHA COMÚN Y REO
: Seis ejemplares por pescador y día (Embalse de Alfilorios: 3 truchas/pescador/día).

• Resto de especies: sin cupo.

Alcanzado el cupo diario, o anual, se podrá seguir pescando esa especie en la modalidad de pesca sin muerte pero, en el caso del salmón, sólo se podrá pescar 1 salmón adicional y únicamente acudiendo a zonas y cotos específicos para pesca sin muerte.

En la pesca de salmón con muerte, cualquier devolución por el pescador de un salmón pescado computará como captura a efectos del cupo.


LOS SALMONES DE MÁS DE 85 CMS
PESCADOS DESDE EL 16 DE JUNIO (pesca a mosca) deberán de ser liberados vivos al río con el debido cuidado para facilitar su supervivencia.

Salmones donados: Los salmones pescados en el período hábil podrán ser donados vivos a la administración o entidades colaboradoras en aquellos ríos en que exista un proyecto avalado por la administración que permita su recepción y traslado a instalaciones para su uso como reproductores.


En caso de que el salmón se pueda recoger vivo y en buenas condiciones tras el desanzuelado y para su traslado vivo, este salmón donado no computará para el cupo anual de capturas (si para el cupo diario). Quien pesque y done el salmón, ha completado el cupo diario y no podrá seguir pescando en esa misma jornada un salmón más, aunque sí en posteriores jornadas hasta completar el cupo anual que queda ampliado en este caso en hasta 4 salmones (si hay 2 donaciones), al descontarse el salmón donado. Si un pescador ha alcanzado el cupo anual, no podrá seguir pescando salmón aunque sea con intención de donar la captura (salvo pesca autorizada en zonas sin muerte). En cualquier caso, dónese o no otras posteriores capturas, el pescador donante no podrán superar el cupo de 4 salmones por pescador y temporada.

LOS SALMONES MAYORES DE 85 CM SOLO PODRÁN SER DONADOS desde el 16 de junio (período de pesca a mosca).

ARTES Y CEBOS

Para la captura de los peces sólo se autoriza la caña, utilizando los aparejos,
señuelos artificiales o cebos naturales autorizados en cada tramo o período y, en su caso, extrayendo el pez únicamente con ayuda de sacadera o salabre y lazo.


• Con cebos naturales, sólo se podrá emplear un anzuelo por caña. Tamaño mínimo de anzuelo: para evitar daños a las truchas y salmones pequeños que hay que devolver, se usara anzuelo sencillo de tamaño mayor de 4,5 mm de altura (medida desde la base hasta el arponcillo) y mayor de 5 mm de anchura de base.

• Con señuelos o cebos artificiales:


EL NÚMERO DE ANZUELOS MÁXIMO SERÁ DE 4 POR APAREJO.

▪ TAMAÑO DE ANZUELO EN ZONA SALMONERA.

▪ Para pesca de Trucha o reo sólo se permiten anzuelos sencillos de un solo arpón.

▪ Para pesca de Salmón con muerte con mosca artificial (en sus variedades de seca, ahogada, ninfas, o “streamers”) se podrán emplear anzuelos dobles o triples.


Excepción: Para salmón podrán llevar anzuelos dobles o triples la cucharilla, devón, pez artificial o similar, siem[1]pre que sus anzuelos sean del tamaño autorizado para salmón, en el período en que este arte está autorizado.

• Se prohíben aparejos en cualquiera de las modalidades o montaje con cebos artificiales (moscas secas, ahoga[1]das, ninfas, o “streamers”) y que al mismo tiempo empleen a) plomada de fondo o boya lastrada (con el mismo fin) posterior al cebo artificial; b) plomada o lastre colocado sobre el hilo del aparejo; o c) plomada o lastre en derivación.


En todos los puntos de este apartado 7, cuando se habla de no emplear mosca lastrada a fondo, se debe en[1]tender como prohibición de señuelos artificiales, anzuelos o cebos, con lastres pesados para pescar a fondo (tipo perdigón); En consecuencia se permite cola de rata, lance ligero a una o dos manos, aparejo de mosca tradicional española con boya o buldó flotante con mosca seca o ahogada en derivación sin lastrar, de la presente

Resolución de Normas de pesca, siempre que se evite el lastrado a fondo. Pero se prohíben aquellas moscas lastradas (sean moscas, ninfas, streamers, perdigón, tubo, etc.) que incluyan en su construcción partes pesadas, como plomo, bolas de tungsteno, tubo metálico, etc., con el fin de pescar a fondo. Por ello en los montajes de anzuelo de mosca el tamaño del lastre no debe de rebasar nunca el tamaño autorizado de anzuelo (para mosca de trucha la curva inferior del anzuelo es de 7 por 8 mm. La ninfa debe de tener una cabeza o perdigón menos de 5 mm de diámetro.

LA CUCHARILLA PARA TRUCHA será de un sólo anzuelo y de tamaño inferior a 7 cm de longitud total anzuelo incluido y menos de 4 cm de pala. Las cucharillas para salmón serán de tamaño igual o superior a la descrita.

• Se permite el uso de insectos acuáticos silvestres para cebo, salvo extraer y emplear larvas de efemerópteros (gusarapín y otros). En todo caso, sólo se permite la extracción en el río durante los días hábiles y ex[1]clusivamente de forma manual, sin servirse de elementos auxiliares y se prohíbe su extracción en vedados y tramos sin muerte, o en cotos, salvo a sus titulares. Se prohíbe la comercialización de insectos silvestres, larvas o ninfas usadas como cebo.


• Se prohíbe el empleo de pez vivo, gusano de carne o “asticot” o similar, hueva de peces, pulga de mar (Sarcophaga) y “bingo” (pez con armazón de plomo y uno o varios anzuelos), así como cebar las aguas.

• Se permite la captura del piscardo para cebo mediante el uso de la tradicional piscardera (el diámetro o lado más ancho no superará los 50 cm). Sin embargo, no se permite su captura en vedados y en tramos de pesca sin muerte, ni en cotos salvo a sus titulares.


• Para las actuaciones de extracción como forma de control de cangrejos americanos (Procambarus clarkii) y Cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus), se permiten reteles utilizando como cebo carnes o cualquiera de los autorizados para el resto de especies.

Más información pincha en el ENLACE:

https://sede.asturias.es/bopa/2022/10/31/2022-08270.pdf


BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

núm. 209 de 31-x-2022 6/24

Cód. 2022-08270

 

viernes, 28 de octubre de 2022

CURSO DE LANZADO Y ASAMBLEA GENERAL DE "Mosqueros del Tormes"...

 


Curso de lanzado y asamblea general del Club Mosqueros del Tormes…

En Huerta (Salamanca), el 12 de noviembre, CURSO con MANUEL IGLESIAS ANGULO como instructor en el campo de fútbol

19 de noviembre ASAMBLEA GENERAL, en la sede del club en Peñaranda de Bracamonte y comida de hermandad despedida de la temporada de pesca

 

Texto y fotos: C.D. Mosqueros del Tormes

 


El C.D. de Pesca “Mosqueros del Tormes” arranca el curso de otoño-invierno con dos de sus actividades más clásicas para sus socios: un curso de lanzado con un gran especialista e instructor internacional, Manuel Iglesias al que acudirán 26 asociados tras el cierre de inscripciones.

El curso, por razones técnicas, se va a realizar en el municipio de Huerta. Desde el club se ha solicitado al Ayuntamiento que ceda el local multiusos para la parte teórica y la proyección de diapositivas. Para la parte práctica, el campo de fútbol.

Al finalizar la jornada los asistentes serán invitados a una parrillada y pinchos, en el chiringuito al lado del campo de fútbol.


El lugar de reunión será en Huerta, a las 10, 30 horas del sábado 12 de noviembre.


ASAMBLEA GENERAL Y COMIDA FIN DE TEMPORADA

Al sábado siguiente, 19 de noviembre, se celebrará la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA, en la seda del “Club Mosqueros del Tormes”, en Peñaranda, a las 10,00 horas primera convocatoria y 30 minutos después, en segunda.


Si no se prolonga demasiado la asamblea, se celebraría una charla sobre líneas, bajos de línea y moscas que han funcionado a lo largo de la temporada en Salamanca.

Después, a las 14,30 horas, en el Restaurante Pizzería Castilla, de Peñaranda, se celebrará la comida de despedida de la temporada de pesca.

La inscripción de la comida finalizará el día 16 de noviembre en el propio club.

jueves, 27 de octubre de 2022

La temporada de pesca en CANTABRIA comenzará el 1 de abril de 2023...

 



CANTABRIA
aprueba la orden de pesca para 2023

La principal novedad es la apertura de la pesca de la trucha y salmón en todos los ríos de manera unificada el 1 de abril

En las zonas salmoneras se restringen hasta el 1 de mayo la utilización de artes y cebos al empleo de cebo artificial y con un anzuelo simple y arponcillo


El cupo de capturas de trucha se establece en 5 ejemplares por pescador y día

Desaparece el coto de Guriezo que pasa a constituir dos tramos libres, uno de ellos sin muerte

 

Texto y foto: Gabinete de comunicación del Gobierno de Cantabria

 


El consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Guillermo Blanco, presidió la reunión del Consejo Regional de Pesca Continental, en el que se ha abordado la orden anual de pesca para la temporada 2023, que regula, entre otros aspectos, los periodos hábiles de pesca, las tallas de los ejemplares, la utilización de cebos y señuelos y los cupos de captura de salmón, trucha y resto de especies.
 


La principal novedad para el año 2023
es la apertura de la pesca de la trucha en todos los ríos de manera unificada el 1 de abril, aunque en las zonas salmoneras se restringen hasta el 1 de mayo la utilización de artes y cebos al empleo de cebo artificial y con un anzuelo simple y arponcillo.
 

Se trata de una antigua reivindicación de muchos pescadores que tiene como objetivo que la pesca de la trucha, mayoritaria en la región, no se vea condicionada por la presencia de salmón y que permitirá 45 días más de pesca en muchos de los ríos. 


Por otra parte, el cupo diario de capturas de trucha se establece en 5 ejemplares por pescador y día.
 

La temporada de salmón se abrirá también el 1 de abril y se establece un cupo de salmón de un ejemplar por pescador y temporada, y se reduce el máximo anual de capturas autorizadas para el río Asón, que pasa de 30 a 25.


Además, se han eliminado como especies pescables en aguas continentales seis especies marinas o intermareales, cuya pesca en tramos fluviales es testimonial, como es el caso del cacho o bordallo, lubina, platija o solla, múgil, lisa y corcón.
 


Otras novedades que se han incluido en la normativa para 2023 es el aumento de 6 a 10 los reteles permitidos por pescador para la pesca del cangrejo señal y la eliminación del coto de trucha de Guriezo que pasa a constituir dos tramos libres, uno de ellos sin muerte.
 

Por último, se ha dado cuenta de la información relacionada con los controles de cormorán y con las repoblaciones de salmón y trucha efectuadas en las principales cuencas de Cantabria.

Mis amigos de la pesca: VICTORIANO CUERVO “El Turra”, pescador al "hierro" de Astorga (León)...

VICTORIANO CUERVO “El Turra” un singular y único pescador de Astorga (León)... Texto y fotos: Eduardo García Carmona y otros   VICTORIA...